Tribunal Constitucional se pronuncia: NO A LA EXPLOTACIÓN PETROLERA EN CORDILLERA ESCALERA


El Tribunal Constitucional para decidir por la defensa de la Cordillera Escalera, tomó en cuenta que el lote 103 se superpone al área de conservación. Este lote fue concesionado por el gobierno a
las empresas petroleras: occidental, Repsol y Petrobras.

La Cordillera Escalera, que fue englobada dentro de este lote, es la cabecera de cuenca donde nacen los rios Cumbaza, Caynarachi y Shanubi, que son las únicas fuentes proveedoras del líquido elemento para la población aledaña.

La incompatibilidad que hay entre la producción petrolera, altamente contaminante, con el derecho de los pueblos a vivir en un ambiente equilibrado y adecuado, que tenga en cuenta el desarrollo sostenible y los derechos de los pueblos indígenas, estaba manifiesta porque las empresas petroleras no contaban con un plan maestro que establesca dicha compatibilidad.

El Tribunal Constitucional dio la razón a la demanda presentada el 13 de octubre de 2006 por Jaime Bustamante Jhonson, en representación de varias organizaciones de la Región San Martín,
donde se expone que millones de litros de agua de alta salinidad serán extraidos del subsuelo, contaminando y devastando el medio ambiente, pues dichas aguas saladas suelen ser vertidas a los causes de los rios.

La Cordillera Escalera es el principal banco de agua para una significativa parte de la región San Martín. Muchas quebradas tienen sus nacientes en este lugar. De allí se abastecen de agua ciudades como Tarapoto, Morales, Banda del Shilcayo, Shapaja, Chazuta y otras poblaciones menores.

El Tribunal Constitucional hizo justicia con estos pueblos, tomó en cuenta para la sentencia la Constitución y la ecología, el principio de prevención y la responsabilidad social de la empresa. Es preferible evitar el daño a tener que indemnizar perjuicios que son costosos para la sociedad y garantizar la seguridad de las generaciones futuras.